EXCOMBATIENTES Y ADULTOS MAYORES TENDRÁN AJUSTES EN PENSIONES Y SUBSIDIOS

Desde este enero, los veteranos de la Guerra del Chaco y los adultos mayores del Programa de Pensión Alimentaria percibirán un aumento de 12,2% y 3,8% en sus respectivos haberes mensuales, de acuerdo con la Dirección de Pensiones No Contributivas (DPNC) dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera (SSEAF) del Ministerio de Hacienda. Esta actualización se formaliza a raíz del último ajuste en el salario mínimo vigente y la modificación en el monto asignado en concepto de subsidio y asistencia social al excombatiente.

En este contexto, los veteranos y lisiados de la Guerra del Chaco y sus herederos recibirán en la pensión un aumento de G. 74.112 (3,8%), con lo que de G. 1.950.048 pasarán a cobrar G. 2.024.160 a partir de este mes. Asimismo, el subsidio y asistencia social al excombatiente tendrá un ajuste de G. 660.440 (16,3%), cuyo importe final será de G. 4.723.040. Cabe recordar que al cierre del 2019 se encuentran activos unos 72 veteranos y lisiados de la Guerra del Chaco. ver aquí

En cuanto a adultos mayores beneficiarios de la pensión alimentaria percibirán G. 20.069 (3,8%) más, con lo que el monto mensual de su ingreso sube a G. 548.210. El Programa de Pensión Alimentaria para el adulto mayor cerró el 2019 con 202.348 beneficiarios activos. El artículo 16 del Decreto Nº 4542/2010 que reglamenta la Ley que otorga este subsidio señala que el monto de la pensión alimentaria corresponde a una cuarta parte del salario mínimo vigente y, en caso de que éste sufriera modificaciones, las mismas serán introducidas en el siguiente ejercicio fiscal.

Las consultas vinculadas al sector no contributivo pueden ser realizadas a través del Call Center disponible (021) 419-8056, también en la siguiente dirección electrónica www.hacienda.gov.py/portalspir/dpnc.jsp y el Sistema de Consulta Ciudadana en línea sobre Pensiones No Contributivas en www.hacienda.gov.py/ConsultaAMPEN/index.jsf. El usuario debe ingresar en el sistema el número de cédula de identidad del consultado y su fecha de nacimiento, así como también del consultante.


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