DIPUTADOS RATIFICA SANCIÓN INTEGRAL DE PROYECTO QUE REGULA LA PROTECCIÓN DE DATOS CREDITICIOS






La plenaria de la Cámara de Diputados rechazó la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo y confirmó la sanción integral del proyecto de ley “De protección de datos personales crediticios”.

Este proyecto busca regular la actividad de recolección y el acceso a datos de información crediticia, así como la preservación de los derechos fundamentales, la intimidad, la autodeterminación informativa, la libertad, la seguridad y el trato justo de las personas.

En esencia, prohíbe a los burós de crédito (INFORMCONF) la utilización y la provisión, a terceros, de documentos y datos crediticios de las personas como referencia para el acceso al empleo, promoción, traslado o despido de personal.

“Tenemos que darle la posibilidad a cada paraguayo que cayó en la desgracia y en la imposibilidad de pagar su cuenta, de recuperarse; no podemos condenarlos a cadena perpetua”, dijo al respecto el diputado Hugo Ramírez (ANR-Capital), al tiempo de solicitar sea rechazado del veto parcial.

“Los puntos objetados, perfectamente, se pueden subsanar con decretos; no nos podemos dar el lujo que seguir soportando la exclusión financiera de la gente que perdió su empleo y que quiere enmendarse, pero no pueden, porque están en INFORMCONF”, significó, por su parte, el diputado Sebastián García (PPQ-Capital).

El diputado Edgar Ortíz (PLRA-Itapúa), dijo que urge el rechazo de la objeción parcial, “para que termine el negocio de chismorreo moderno; es insostenible el veto del Ejecutivo”, mencionó.

Recordemos que el Poder Ejecutivo, a través del Decreto Nº 3652, manifestó su desacuerdo parcial con el proyecto de ley, objetando los artículos 9°, 17, 19 y 30, por considerar que la conservación de los datos del titular (persona física o jurídica, cuyos datos son objeto de tratamiento), es esencial y sirve de base al sistema financiero y, en general, a todos los proveedores de servicios sujetos a financiación, para determinar el riesgo de cada sujeto de crédito.

Esto teniendo en cuenta que el proyecto establece, en los mencionados artículos, que la conservación de los datos personales, que puedan afectar a su titular, no deberá exceder el plazo de cinco años, desde la fecha de ocurrencia de los hechos registrados.

La diputada Celeste Amarilla (PLRA-Capital), se mostró a favor de la objeción parcial del Poder Ejecutivo. Explicó que los datos son esenciales porque, según dijo, se constituyen en la base del sistema financiero nacional y porque determinan el estudio del riesgo crediticio de cada sujeto.

“Lo que vamos a lograr (si se borran los datos a los 5 años), es que el sector comercia deje de conceder créditos; cuando ya no existan datos, lo que va a ocurrir es que van a cesar los créditos”, sentenció.

“No a la discriminación laboral”, dijo por su parte el diputado Raúl Latorre (ANR-Capital), rechazando el veto del Ejecutivo. Significó que más de 60 mil personas entraron en INFORMCONF, solamente durante esta cuarentena. “Como van a salir de esta situación si no pueden trabajar; no hay argumento que valga”, espetó.

En el mismo sentido, el diputado Rodrigo Blanco (PLRA-Central), dijo que más allá del simple hecho de borrar -en determinadas condiciones- los datos de las personas, el proyecto incorpora un concepto muy importante, que es derecho a la intimidad y el derecho al olvido.

“Al cabo de un cierto tiempo, los datos deben dejarse de lado; no podemos seguir permitiendo que los datos de las personas sigan siendo un permanente objeto de lucro para ciertas empresas”, significó.

Es importante mencionar que el ejecutivo, en el Art. 17, objetó que los burós de créditos no tramitarán ni divulgarán datos crediticios de deudas vencidas no reclamadas, judicialmente, que hayan superado tres años de inscripción; deudas canceladas de manera inmediata, una vez recibida la notificación de la fuente de información y; sobre juicios de convocatoria de acreedores después de cinco años de la resolución judicial que la admita.

La objeción también alcanza al Art. 19 en donde, taxativamente, se estipula que la información crediticia podrá publicarse solo por un tiempo máximo de cinco años.

El veto del Ejecutivo también cuestiona la derogación de la Ley N° 1682/2001 “Que reglamenta la información de carácter privado” y sus respectivas leyes modificatorias.

Tras la votación de rigor, la Presidencia anunció que se consiguieron suficientes votos para rechazar el veto parcial y, teniendo en cuenta, que en primera instancia, la Cámara de Senadores hizo lo mismo, se dispuso que el proyecto sea, nuevamente, remitido al Poder Ejecutivo para la promulgación integral del documento.





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