PRIMER CONDENADO POR MATAR A MACHETAZOS A UN PERRO


Un hombre fue condenado este jueves a la pena máxima de libertad prevista en la Ley 5892/17 de Protección y Bienestar Animal, que es de dos años, pero no pisará la cárcel ya que se le otorgó el beneficio de la suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

El hombre, identificado como Julio Alberto Rivas, fue condenado a dos años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena y la prohibición de tener mascotas por el término de dos años.

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El caso data del mes de julio del año 2019, cuando el condenado con machete en mano mató a un perro y ocasionó graves heridas a un segundo animal del vecino.

Juan Manuel Enciso, de la Dirección Nacional de Defensa Animal, expresó a la radio Monumental 1080 AM que es la primera vez que se tiene una condena por este tipo de hechos en Paraguay.

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Asimismo, dijo que lo importante es la educación y generar conciencia y que es un avance la condena registrada este jueves, además de mencionar que se realizan más denuncias y que antes en promedio eran 10 y ahora son 100.

Finalmente, agradeció al Ministerio Público y al agente fiscal Víctor José Encina, de la localidad de Ñeembucú, por su trabajo.

Pese a la crueldad del hecho, el hombre no recibió una pena mayor porque la propia ley establece una pena máxima de dos años o multa y en caso de que el animal doméstico resultare muerto, la prohibición de adquirir o poseer otras mascotas por un plazo de hasta 10 años./Fuente: UH





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