MULTA POR VAPEAR EN LUGARES CERRADOS SERÁ DE Gs.168.000



Se eliminaron las áreas exclusivas para fumadores. Dueños de locales son responsables de hacer cumplir la prohibición.

El incesante aumento de los contagios de coronavirus y la preocupante relajación de la gente en cuanto a la aplicación de las medidas preventivas, hacen que el Gobierno aplique más estrategias, para tratar de controlar la propagación de la enfermedad, que ya afectó a más de 110.000 personas en nuestro país.

Una de las últimas medidas es la prohibición de fumar o vapear en lugares cerrados, según el Decreto N° 4.624 del Poder Ejecutivo, firmado el 29 de diciembre pasado, referente al artículo 9° de la Ley N° 5538/2015, referente a actividades relacionadas al tabaco y establece medidas sanitarias de protección a la población.

En la disposición se aclara que “se consideran sitios habilitados para fumar, vaporear, vapear o fumar electrónicamente, o mantener encendidos productos de tabaco, incluidos los productos calentados de tabaco, los lugares o zonas al aire libre donde no haya aglomeración o reunión de personas ni constituyan zonas de paso para no fumadores, vaporeadores, vapeadores o usuarios de dispositivos electrónicos, con o sin nicotina”.

Entre las consideraciones, se resalta la alta incidencia actual de contagios a nivel nacional “predispone a que existan casos de fumadores asintomáticos con COVID-19 que al exhalar el humo durante el acto de fumar o vapear pueden diseminar el virus en el entorno inmediato, exponiendo al contagio al resto de la población”.

Además, explica que así se permitirá un mejor cumplimiento de la ley “y situará al Paraguay en igualdad de condiciones con los demás países de la región en cuanto a protección de la salud de su población”.

De esta manera, quedan eliminadas las áreas de fumadores en restaurantes, discotecas, bares, pubs, casinos y casas de juegos, entre otros ambientes cerrados.

La multa fijada para los infractores de la ley es de dos jornales mínimos (G. 168.680), además de la expulsión del lugar, para lo cual se puede pedir apoyo de la fuerza pública.

Los dueños o encargados de los locales son los responsables de hacer cumplir la disposición, caso contrario se exponen también a sanciones.

Afecta a pacientes respiratorios

Desde el inicio de la pandemia del COVID-19, declarada el 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud puso de relieve la grave incidencia de las enfermedades respiratorias y cardiovasculares, como factores que puede empeorar la situación de los pacientes, que padezcan tales cuadros, según advierte el decreto firmado por el presidente Mario Abdo Benítez. Varios países prohíben el vapeo desde hace tiempo. FUENTE EXTRA








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