ENCARNACIÓN CUENTA CON 10 COMEDORES COMUNITARIOS

El Ministerio de Desarrollo Social se encuentra apoyando a “Comedores Comunitarios” con el objetivo de contribuir al mejoramiento de las condiciones de seguridad alimentaria y nutricional de las personas en situación de pobreza y vulnerabilidad.

Es así que ya se habilitaron un total de 10 comedores comunitarios en Encarnación y se está apoyando a otros a nivel departamental.

Dentro del programa el Ministerio asegura la entrega de insumos de alimentos de forma bimestral, cada dos meses, en los locales de las organizaciones comunitarias responsables del comedor, conforme a la cantidad de personas atendidas en cada comunidad.

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Los criterios para la habilitación son: Presentar la solicitud con nota dirigida a la máxima autoridad con el resumen de cantidad de personas atendidas, tipo de servicio y frecuencia del mismo, presentar la documentación legal de la organización comunitaria. La misma debe estar vigente, la organización comunitaria debe contar con un local propio/cedido o alquilado, con la finalidad de ser utilizado exclusivamente para ofrecer el servicio de comedor, aportar en concepto de contrapartida: Infraestructura y/o equipamientos básicos acorde a los servicios a ser prestados, así también la provisión de los alimentos perecederos necesarios.

Las personas que pueden ser beneficiarios del Comedor son personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad.

En cuanto a los requisitos y documentación a ser presentados son: una nota de solicitud dirigida al Ministro del Ministerio de Desarrollo Social, Breve resumen narrativo de la solicitud y forma de operar con los beneficiarios, Copia del Estatuto y/o Copia de Acta de la Comisión actual de la organización, Copia del Acta de la conformación o renovación de la comisión, Copia del reconocimiento de la Comisión Directiva por la Municipalidad y/o Gobernación, vigente, fotocopia de cédula de identidad vigente de todos los miembros titulares de la comisión, planilla de beneficiarios especificando cédula de identidad, Nombre y Apellido completo, Edad, Grado firmada por el presidente de la comisión y en los casos de Comunidades Indígenas, una copia de resolución del reconocimiento del Líder de la Comunidad a través del INDI, vigente.


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