COVID-19: NUEVO DECRETO FIJA RESTRICCIONES DEL 11 AL 31 DE ENERO



Por Decreto N° 4705, el Poder Ejecutivo establece nuevas medidas sanitarias en todo el país, en el marco de la pandemia por COVID-19. Con la firma, las disposiciones estarán vigentes desde el 11 hasta el 31 de enero del 2021.

La inestabilidad de la pandemia de la mano del ambiente social y festivo típico de los últimos días de diciembre y los primeros días del año, genera condiciones desfavorables para avanzar en el proceso de incorporar a nuevos sectores económicos y sociales durante las próximas semanas.

La Dirección General recomienda aplicar medidas restrictivas que reduzcan el riesgo de diseminación de la epidemia y minimicen el impacto en la población de riesgo en coordinación con los demás sectores de la sociedad, principalmente las autoridades municipales y fuerzas de seguridad.

Se mantiene vigente la posibilidad de desplazamiento entre las 5:00 hasta las 23:59 horas.

En el caso de los locales gastronómicos podrán operar desde 5:00 a 23:59 horas con agendamiento previo, reserva de mesas, y con registro individualizado de las personas atendidas.

La bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 22:00 a 5:00, excepto en locales gastronómicos.

Playas y balnearios se habilitan a partir del 16 de enero, según situación epidemiológica de cada región.

Deportes amateur: hasta 7 jugadores por equipo, con protocolo establecido. Sin menores de 18 ni mayores de 65.

Todos los comercios deberán operar bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios.

Fuente: Hoy





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