NO VOTAR CUESTA G. 117.077… PERO PAGAR ES OPCIONAL

La Justicia Electoral anunció que aplicará multas a quienes decidan no acudir a votar en las elecciones municipales del próximo domingo. La sanción será equivalente a un jornal mínimo: G. 117.077.

Hasta ahí, todo bastante serio. Se habló de registros, notificaciones y del procedimiento para que el ciudadano cumpla con su responsabilidad electoral. Pero llegó la letra chica.

Desde el propio Tribunal Superior de Justicia Electoral aclararon posteriormente que, si el ciudadano recibe la multa y decide no pagarla, no habrá una penalización adicional, porque actualmente no existe una sanción prevista para quien deje la multa sin abonar.

Es decir: la Justicia Electoral puede decirle al ciudadano: “Usted tiene una multa de G. 117.077”. Y el ciudadano, aparentemente, puede responder: “Muchas gracias por avisar”… y seguir tranquilamente con su vida.

La normativa establece que votar es un derecho, pero también un deber, y contempla una multa por incumplir la obligación de sufragar.

La pregunta, entonces, queda flotando en el aire: Si la multa es obligatoria, pero pagarla es voluntario… ¿qué tan multa es la multa?

Así que, querido ciudadano, si usted decide no votar y posteriormente recibe la notificación: ¿será lo suficientemente responsable como para pagar los G. 117.077 por su propia voluntad? Porque, por ahora, parece que la última palabra no la tiene la Justicia Electoral… la tiene el bolsillo y la voluntad del infractor.

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