FENÓMENO CLIMÁTICO EL NIÑO: MEC ACTIVA PLAN DE CONTINGENCIA PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL PAÍS




El Ministerio de Educación y Ciencias recuerda la vigencia de la Resolución N.º 687/2023, “Plan de Contingencia del MEC ante Riesgos Hidrometeorológicos-Versión 1”, a fin de prevenir, mitigar, preparar, responder y lograr la recuperación ante situaciones de emergencia, garantizando la continuidad del servicio educativo y el bienestar de los estudiantes.

Es ante el pronóstico de la Dirección de Meteorología e Hidrología que advierte sobre lluvias intensas, inundaciones, tormentas severas, vientos fuertes, granizadas, olas de calor e incendios forestales, como efectos de los fenómenos climáticos de El Niño y La Niña, entre los meses de julio a septiembre.

Ante el posible panorama de precipitaciones superiores a lo normal y temperaturas por encima del promedio a nivel país, insta a las direcciones departamentales de Educación, supervisiones e instituciones educativas a activar sus Comités de Gestión de Riesgos, a fin de identificar establecimientos escolares expuestos a inundaciones u otras amenazas y verificar las condiciones de infraestructura escolar existentes.

Igualmente, recomienda limpiar desagües y canaletas, podar árboles que supongan riesgo para escuelas y colegios, señalizar zonas seguras en cada comunidad educativa, realizar simulacros, fortalecer los sistemas de comunicación y alerta, capacitar a docentes y equipos técnicos para reforzar las acciones de apoyo socioemocional, promoviendo una cultura de prevención y resiliencia.

Coordinar acciones con gobernaciones y municipios

Al mismo tiempo, el MEC sugiere coordinar acciones preventivas con gobernaciones, municipalidades, servicios de salud y otros organismos, para asegurar la disponibilidad de agua potable, saneamiento, alimentación escolar y espacios alternativos para la continuidad pedagógica en casos de emergencias.

Las direcciones departamentales de Educación, supervisiones e instituciones educativas como los comités departamentales, regionales e institucionales de Gestión de Riesgo conformados, se encargarán de diseñar su plan de acción a partir de los lineamientos que se encuentran en el Plan de Contingencia, que deben adaptarse al contexto local, en coordinación con las autoridades locales, para una gestión eficiente de los recursos disponibles si fuere necesario.

Garantizar respuestas apropiadas

El MEC destaca que estas propuestas de acción deben diseñarse conforme al Anexo I y remitirse a la Dirección General de Bienestar Estudiantil para su registro y seguimiento con las instancias pedagógicas, previendo la revisión y actualización de las estrategias de forma mensual, para garantizar que las respuestas sean apropiadas y eficaces en función a la evolución de la condición climática.

El Comité Educativo Departamental para la Gestión del Riesgo está conformado por el director departamental de Educación, en carácter de coordinador; el supervisor de Control y Apoyo Administrativo; los supervisores de Apoyo Técnico Pedagógico; el técnico de la Dirección Departamental de Educación y un profesional psicólogo o psicopedagogo de la Red de Psicólogos.

El Comité Educativo Regional, integrado por el supervisor de Apoyo Técnico Pedagógico; el técnico de la Supervisión Educativa y un profesional psicólogo o psicopedagogo de la Red de Psicólogos; el Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo, por el director de la institución educativa como coordinador; un representante de docentes; 1 de padres, madres o integrantes de ACE’s; un delegado de estudiantes; un profesional psicólogo o psicopedagogo de la Red de Psicólogos y un profesor guía de Desarrollo Personal y Social.

El desarrollo de capacidades institucionales orientadas a la cultura de la prevención, mitigación, preparación, respuesta y recuperación ante situaciones de emergencia son de importancia capital como espacios de aprendizaje para toda la comunidad educativa, por lo que se exhorta a la observancia y cumplimiento de la totalidad de los lineamientos contemplados en la Resolución N.º 687/2023.








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