DIAGNÓSTICO DE CARRERAS DE SALUD PASA DE VOLUNTARIO A OBLIGATORIO

La Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes) dispuso la obligatoriedad de la evaluación diagnóstica para todas las universidades e institutos superiores que ofrezcan carreras de grado del área de la salud que cuenten como mínimo con dos años de funcionamiento y no posean egresados. La medida se adopta en vista a la alarmante cantidad de carreras de salud que “no se presentan a los procesos de acreditación o bien, por alguna u otra razón, lo dejan por el camino”.

Raúl Aguilera, titular de la Aneaes, dice que el procedimiento –como primer acercamiento a la institución– proporciona una “radiografía del Estado” en que operan las ofertas. Por lo que este mecanismo puede contribuir a corregir y/o fortalecer el desarrollo de esos programas académicos con el fin de asegurar la calidad en la formación de los profesionales de blanco (médicos, enfermeros, odontólogos, y otros).

El proceso evaluativo, con fines diagnósticos, involucra una “reflexión interna” con la participación de los miembros de la propia carrera y una mirada externa por parte de pares evaluadores. “Que les permita identificar oportunidades de mejoras durante el desarrollo de su proyecto académico a fin de implementar acciones para la mejora continua con el acompañamiento de la agencia”, reza parte del considerando de la Resolución N° 481 de la Aneaes.

En otro párrafo, resalta: “Que el ejercicio de las profesiones vinculadas al área de la salud, ante la importancia del valor jurídico ‘vida’, podría poner en peligro, deteriorarla, generar daños o poner en riesgo la integridad física o síquica de las personas, adquiere especial trascendencia para la sociedad contar con los mecanismos de evaluación con fines diagnósticos para reencausar cualquier situación que así lo requiera”.

Exigencia. La Aneaes, a su vez, propuso al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) tomar una medida más drástica: Acortar el plazo que hoy las instituciones tienen para presentar –de forma obligatoria– a sus carreras de salud al proceso de acreditación. El artículo 21 de la Resolución 166/15 que reglamenta la Ley 4995/13 de Educación Superior contempla que si a la tercera convocatoria de la agencia, las instituciones no llevan sus ofertas a dicho proceso, se expondrán a la intervención, incluso, la clausura. La propuesta es modificar dicho articulado y exigir que desde la primera cohorte las entidades se anoten para lograr la certificación de calidad. La anterior medida, entiende Aguilera, está “desfasada”.

“Chutan” procesos de aseguramiento
Actualmente, existen algunas instituciones de educación superior –con ofertas de grado de la salud– que inician los procesos ante la Aneaes, pero no culminan. Lo que ocurre es que tanto universidades como institutos superiores se inscriben, ya sea a la evaluación diagnóstica o al proceso de acreditación y por algún motivo abandonan el mecanismo de aseguramiento de calidad. “Consiguen el acuerdo con nosotros, eso les sirve a las instituciones como un pase para firmar, finalmente, convenios con el Ministerio de Salud Pública; pero por el camino abandonan y por varias razones”, menciona Raúl Aguilera. Esto levanta la sospecha de que van “chutando” el modelo nacional de evaluación y acreditación porque “saben que no están en condiciones”.//ÚLTIMA HORA


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