LEY DE TRÁNSITO: BAJAN PARÁMETROS DE ALCOHOLEMIA, PERO RECHAZAN SUSPENSIÓN DE BARRERAS





La Cámara de Diputados aprobó parcialmente los cambios sugeridos por la Cámara de Senadores con respecto al proyecto de ley “Que modifica los artículos 113 y 153 de la Ley N° 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que enmienda el error de no haber establecido desde un principio los límites de alcohol en la sangre para establecer las “faltas gravísimas”.

El diputado Raúl Latorre se refirió al proyecto de ley y mencionó que cada día mueren tres paraguayos por accidentes de tránsito y esta problemática se constituyó en la peor pandemia, previa al COVID-19. En ese sentido, señaló que los estudios científicos relacionan el número de accidentes con la ingesta de alcohol, así como la saturación del sistema de alta complejidad a causa de estos accidentes.

Asimismo, el diputado sostuvo que otra de las consecuencias tiene que ver con las víctimas que, no estando alcoholizadas, resultaron muertas a causa de la imprudencia. Se refirió a la propuesta hecha por sus colegas y modificada en la Cámara de Senadores. Criticó la introducción del art. 2 en el que se estipula que será sancionado el conductor solo ante un hecho flagrante de violación.

El Senado planteó bajar los parámetros del índice de alcoholemia en la sangre, endureciendo las sanciones. Sin embargo, la Cámara Alta incluyó el artículo que elimina las barreras de control y pruebas de alcotest, salvo que se aplique a hechos de probada flagrancia. Esto fue duramente cuestionado y se pidió rechazar la inclusión del artículo que elimina las barreras de control y pruebas de alcotest.

El texto aprobado considera la conducción en estado de intoxicación alcohólica, desde 0.251 mg/l a 0.399 mg/l CAAL (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado) o desde 0.501 g/l a 0.799 g/l de CAS (gramo de alcohol por litro de sangre), así como la constatación laboratorial de intoxicación por consumo de estupefacientes u otras sustancias psicoactivas que alteren las condiciones psicofísicas normales requeridas para conducir.

Superado el límite mencionado, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y aplicación de la pena conforme a lo establecido en el Código Penal. Tras la aprobación parcial del documento, se dispuso que la iniciativa sea devuelta a la Cámara de Senadores para su cuarto y último trámite constitucional. FUENTE LA NACION






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