La Cámara de Apelaciones compuesta por los Jueces Fauto Cabrera, Víctor Manuel Vega y Alejandro Pazniuk revocaron la resolución de la Jueza Penal de Garantías Abog. Raquel García en la que se otorgaba la medida menos gravosa de arresto domiciliario a favor del imputado Ever Prado Aguilera en la causa caratulada, Santiago Prado Aguilera y otros s/ lavado de dinero y otros en Cnel. Bogado.
Dentro de los fundamentos de la resolución, la Cámara de Apelaciones, Segunda Sala argumentó que el arresto domiciliario del imputado Ever Prado Aguilera fue de aplicación mala y grave de la ley, irregular, incoherente y absurda, según explicó el abogado querellante Ramón Ibarra González.
Los antecedentes refieren que el pasado 21 de agosto en una serie de allanamientos se procedió a la detención de Santiago Prado Aguilera y sus dos hermanos Ever Prado Aguilera y Eulogia Prado Aguilera, y la incautación y secuestro de varios bienes por el supuesto hurto de Gs. 1.390 millones de la firma ALGISA donde trabajaba como guardia de seguridad.
De acuerdo a la investigación, Ever Prado Aguilera supuestamente conocía del movimiento de su hermano y que lo habría ayudado a «blanquear» a través de la adquisición de varios bienes. En la misma causa, Eulogia Prado Aguilera también fue beneficiada con medidas menos gravosas.
El pasado 10 de septiembre, la Jueza Penal de Garantías Raquel García Rivarola de la Tercera Circunscripción Judicial de Itapúa, otorgó el arresto domiciliario que posteriormente fue apelado por la querella adhesiva el cual tuvo curso favorable.
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