Por ley 4684/12, el Congreso de la Nación declaró el 12 de abril como “Día Nacional de Lucha contra el cáncer de mamas”, con el objetivo de instar a la detección precoz, para llegar a tiempo al tratamiento y prevenir muertes.
El cáncer de mama es una enfermedad causada por la multiplicación anormal de células de la glándula mamaria, que forman un tumor maligno, y tiene cura si es detectado en sus inicios.
En ese sentido, el Ministerio de Salud Pública recomienda realizar el estudio de mamografía a partir de los 40 años de edad y, en caso de contar con antecedente familiar de cáncer de mama, efectuar la consulta de manera más temprana con el mastólogo.
Los factores de riesgo más comunes son:
• Edad avanzada.
• Antecedentes personales de afecciones mamarias.
• Antecedentes familiares o personales de cáncer de mama.
• Exposición a radiación.
• Obesidad.
• Nunca haber estado embarazada.
• Tener el primer hijo a una edad mayor.
• Menopausia tardía.
• Terapia hormonal posmenopausia.
• Tener la primera menstruación a una edad temprana.
• Consumir alcohol y tabaco.
También es importante que la mujer conozca lo que es normal en sus mamas y estar atenta ante eventuales alteraciones. A través de una simple inspección manual periódica, denominada “autoexamen” de seno o “autoexploración”. Si se nota un bulto, acompañado o no de dolor, la piel de la mama enrojecida o parecida a una cáscara de naranja, se debe buscar atención médica inmediata.
Para tener en cuenta, algunos síntomas en la mama:
-Bulto, nódulo o tumorcito.
-Cambios en la coloración de la piel.
-Piel de naranja.
-Endurecimiento.
-Cambio de forma.
-Secreción de sangre.
-Dolor.
La autoexploración debe realizarse una vez al mes, luego de una semana del inicio de la menstruación. Las mujeres en menopausia deben asociarla a un día del mes, pues conviene que se realicen siempre en estados similares.
Ausencia justificada para la mamografía y el PAP
Es importante mencionar que, todas las mujeres dentro del territorio nacional tienen derecho otorgado por la Ley Nro. 3803/6211 que indica que toda trabajadora, dependiente o no del sector público, con cargo permanente o temporal goza de licencia remunerada de dos días laborales en cada año para someterse a exámenes de Papanicolaou y Mamografía.
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