En una decisión histórica, el Tribunal Electoral ha dictaminado la suspensión inmediata de los efectos de la sesión extraordinaria realizada el pasado 13 de noviembre por la Junta Municipal de Coronel Bogado, tras detectar irregularidades graves en su convocatoria y desarrollo. La medida cautelar fue solicitada por los concejales municipales Rodrigo Miguel Gómez Silva y Carlos Alberto Alfonso, quienes argumentaron que la sesión se llevó a cabo de forma amañada y en violación del reglamento interno.
Resolución del Tribunal Electoral
El comunicado emitido por el Tribunal Electoral señala en sus puntos principales:
1. Suspensión inmediata: Se suspenden los efectos de la sesión extraordinaria hasta que se resuelva la acción presentada.
2. Convocatoria a nueva sesión: Se ordena al presidente saliente de la Junta Municipal, Rodrigo Gómez Silva, que convoque, en un plazo de 24 horas, a una nueva sesión extraordinaria con el único punto en agenda: la elección de una nueva mesa directiva para el período 2024-2025.
La resolución enfatiza la necesidad de respetar los procesos legales e institucionales bajo apercibimiento de las disposiciones de la Ley N° 4711/12.
Declaraciones del Concejal Carlos Alfonso
El concejal Carlos Alfonso, uno de los accionantes, expresó su satisfacción con el fallo, destacando la importancia de respetar las normativas internas de la institución. En sus palabras.
“Hoy ganó la ciudadanía de Coronel Bogado. Nunca más al golpe institucional. Este fallo marca un precedente y una lección para evitar atropellos futuros.”
Alfonso detalló las irregularidades que llevaron a esta acción judicial. Según el edil, la sesión extraordinaria fue convocada de forma irregular por un grupo de ocho concejales que, durante la madrugada se organizaron y presentaron un pedido de convocatoria ante la Secretaría General de la Junta Municipal.
El aviso al pleno de los concejales se hizo minutos antes de la hora de inicio de la sesión que era a las 11:00 horas del 13 de noviembre, incumpliendo el reglamento interno que exige un aviso con al menos 12 horas de antelación. La secretaria alzó la convocatoria en el grupo oficial de comunicación a las 10:36, dejando apenas 24 minutos de margen antes de la sesión.
Alfonso subrayó que:
“El reglamento interno establece claramente que el presidente es quien debe convocar a una extraordinaria, salvo en casos de ausencia o negativa, donde tres o más concejales pueden hacerlo con un plazo mínimo de 12 horas. Estos procedimientos fueron completamente ignorados.»
El concejal explicó que las acciones del grupo mayoritario violaron el principio de formalidad institucional. Según Alfonso, las siguientes irregularidades fueron determinantes para la suspensión:
1. Convocatoria sin el cumplimiento del plazo mínimo reglamentario.
2. Falta de notificación formal a todos los concejales.
3. Procedimiento realizado fuera de los canales institucionales establecidos, como la Secretaría General.
El impacto del fallo
La medida adoptada por el Tribunal Electoral busca restablecer el respeto por las normativas y garantizar la transparencia en los procesos administrativos. La decisión refuerza la importancia de la legalidad y el debido proceso en las instituciones democráticas locales.
Por ahora, se espera que el presidente saliente convoque a la nueva sesión extraordinaria, tal como lo ordena el fallo. Este episodio deja un precedente significativo para futuras acciones dentro de la Junta Municipal de Coronel Bogado, evidenciando la importancia de seguir los reglamentos y normas establecidas.
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