REITERAN PEDIDO DE PERICIA ACCIDENTOLÓGICA EN UNA CAUSA POR SUP. HOMICIDIO CULPOSO


Al mediodía de este jueves, en el Juzgado Penal de Garantías de María Auxiliadora a cargo del Juez Hugo Centurión, se llevará a cabo la audiencia preliminar en la causa donde se encuentra imputado Diego Luis Schwengber Spessotto por supuesto homicidio culposo por un accidente de tránsito ocurrido en 2019.

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En ese sentido el abogado querellante Rolando Aquino, manifestó que el Fiscal Luis Albertini solicitó el sobreseimiento definitivo del imputado. Cuestionando este pedido, Aquino resaltó que en el expediente no se tuvo en cuenta el perito de velocidad que según él, fue determinante para la muerte de Rufino Michael, quien estaba al mando de la motocicleta en ese momento.

«Se basó en un informe pericial que a su vez se basó en la conducta de la víctima, o sea que le está procesando al muerto para salvar al que cometió el accidente y se excedió en la velocidad. Todos los temas se deben debatir en un juicio oral», indicó.

Asimismo se refirió al artículo 68 de la ley 5016/14 que establece que todo conductor debe tener siempre el dominio de su vehículo. «El Fiscal faltó a la verdad, más bien estuvo actuando como un defensor que como un fiscal», agregó.

Según  los antecedentes, la noche del 27 de octubre de 2019 a la altura del kilómetro 115 de la Ruta 6 en el distrito de Tomas Romero Pereira, una camioneta Toyota, modelo Hilux al mando de Diego Luis Schwengber Spessotto de 29 años chocó por la trasera a la motocicleta de la marca Star, modelo Desert al mando de Rufino Michael de 60 años, domiciliado en el Barrio San Blas A 500 metros del lugar. Tras el fuerte impacto, don Rufino falleció en el acto mientras que el conductor de la camioneta y su acompañante María Belén Meza Invernizzi resultaron ilesos.

Por esta causa, el señor Diego Luis Schwengber Spessotto, con domicilio en Kressburgo, distrito de Carlos Antonio López fue querellado. 

El querellante fue reiterativo en decir que se realizó el perito al velocímetro de la camioneta cuando se trata de una zona cuya velocidad máxima debe ser 40 km/h, según el cartel señalizador, lo que puede ser determinante para conocer la culpabilidad del denunciado.





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