Los diputados Sebastián (ANR-Itapúa) y Del Pilar Vázquez (PLRA-Itapúa) presentaron ante la Cámara Baja un proyecto de ley que busca crear el “Programa Nacional de Salud Casa por Casa para Adultos Mayores y Personas con Discapacidad”, con el objetivo de acercar atención médica directa a los hogares de las poblaciones más vulnerables.

La iniciativa pretende garantizar el acceso equitativo a servicios básicos de salud a personas mayores de 65 años y ciudadanos con discapacidad, quienes suelen enfrentar grandes dificultades para trasladarse hasta los centros asistenciales.
De acuerdo con la exposición de motivos, el programa implementará un modelo de atención domiciliaria orientado a evaluar, acompañar y asistir integralmente a este sector, priorizando la prevención y el bienestar. Los servicios contemplados incluyen consultas médicas básicas, controles periódicos, evaluación nutricional, apoyo psicológico y social, entrega de medicamentos esenciales y educación para el autocuidado.
Para ello, se prevé conformar equipos multidisciplinarios integrados por médicos generales o de familia, enfermeros, trabajadores sociales o psicólogos, y personal comunitario capacitado. Además, el plan contempla la articulación con las Unidades de Servicio Familiar ya existentes en el país, con el fin de optimizar recursos y unificar protocolos.
Los proyectistas sostienen que las consultas en el hogar no solo representarán un beneficio directo para los pacientes, evitando traslados, sino que también descongestionarán los servicios hospitalarios a nivel nacional.
El documento establece que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social será la institución encargada de implementar el programa, en coordinación con gobiernos departamentales, municipales y organizaciones del sector privado y la sociedad civil. El financiamiento provendrá del Presupuesto General de la Nación, con apoyo de donaciones, cooperación internacional y alianzas estratégicas.
Finalmente, la propuesta subraya que este plan constituye “un paso hacia un sistema de salud más preventivo, inclusivo y eficiente”, orientado no solo a la atención de enfermedades, sino también a la promoción del bienestar integral. La normativa establece que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en un plazo máximo de 90 días tras su promulgación.
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