PROCESOS SIMPLIFICADOS FACILITAN LA ADOPCIÓN DE NIÑOS EN PARAGUAY




La Abogada Orfilia Martínez del Ministerio de la Defensa Pública explicó durante una entrevista lograda en el programa Ovalema de Conexión Radio que el proceso para la adopción se ha simplificado de manera significativa y estimuló a las parejas que quieran formar una familia a que se animen a concurrir a la oficina de la Dirección de Cuidados Alternativos (Dicuida) del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia ubicda al costado del Palacio de Justicia para solicitar una inscripción en el proceso.

Hasta el 2020 existían casos en los que para adoptar a un niño, una niña o adolescente, una familia tenía que esperar hasta ocho años, debido al desorden de documentos en el área de archivo o a las demoras en el Poder Judicial.

Pero a partir del año pasado, es que este tiempo se acortó a ocho meses, según aseguró la directora general del Centro de Adopciones, dependiente del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA), la abogada Dora Verón.

Esto, luego de que el Proyecto de modificación de la Ley 1136/97 De Adopciones, de niños, niñas y adolescentes en estado de vulnerabilidad en Paraguay fuera aprobado en la Cámara de Senadores y Diputados y remitida, a finales del año pasado, al poder ejecutivo para su promulgación.

Entre las modificaciones de la ley se apunta a una reducción de los plazos procesales para que un niño, niña o adolescente tenga una nueva familia, con lo que se busca reducir de ocho años a ocho meses los plazos para culminar con la adopción.

Así también, prevé plazos para buscar a las familias biológicas dispuestas a adoptar o a mantener el vínculo familiar del niño/a con su familia de origen. Actualmente, 2.000 niños paraguayos esperan para ser adoptados. Se encuentran en guarderías y albergues por distintos motivos, como maltrato, problemas parentales y adicciones, entre otros. Paralelamente, son 110 las personas que se han inscrito, a la espera de poder adoptar.

Según le dijo Verón a la Agencia Anadolu, en el Centro de Adopciones se han procesado 3.400 expedientes entre el año 1998 y 2019. Así mismo, la nueva ley establece que el juzgado, de manera conjunta con la Dirección de Cuidados Alternativos, tiene 45 días para encontrar a familiares cercanos que se puedan hacer cargo, mientras que anteriormente el plazo era de 90 días. Otra modificación es que las familias que acogen a los niños, que hasta ahora son transitorias, podrán adoptarlos con el recorte de plazos judiciales para los trámites correspondientes.

La nueva ley establece, además, que el equipo asesor de Justicia del Juez tendrá 15 días para dar su dictamen y otros 15 días de plazo para que el juez pueda dictar la resolución. En el caso de las audiencias, deben ejecutarse en un plazo de 3 a 5 días, lo que permitirá que la resolución del proceso de acogimiento se haga en 8 meses, y que en 11 meses el proceso de adopción ya esté terminado, según aseguró la abogada.

Para aplicar la nueva Ley de Adopciones se requieren más profesionales, entre trabajadores sociales, abogados y psicólogos. Asimismo, son necesarios más recursos económicos.

El Centro de Adopciones solo cuenta con 17 funcionarios para hacer frente a la demanda de todo un país, según asegura la encargada del centro. Quiénes pueden adoptar en Paraguay Están habilitados para adoptar una persona soltera o viuda, un matrimonio o una unión de hecho.

Además, puede hacerlo un integrante de la familia ampliada, bien sea que esté casado o que tenga una unión de hecho.

También lo puede hacer la familia de acogida del niño –que también debe estar casado o tener una unión de hecho–, previa evaluación. Las personas interesadas deben tener una diferencia de edad con la persona que pretendan adoptar, no tener menos de 25 ni ser mayor de 60 años.

En el caso de una pareja, los cónyuges deben tener tres años de matrimonio, mientras que en el caso de las uniones de hecho, estas deben tener cuatro años de convivencia como mínimo.

No pueden adoptar quienes hayan sido condenados por hechos punibles contra la vida, la integridad física, la autonomía sexual, de violencia familiar, contra niños y adolescentes, o que hayan violado las reglas de adopción.

Tampoco pueden adoptar quienes hayan estado involucrados en el tráfico de niños, niñas y adolescentes, que hayan violado el deber de cuidado o educación, la patria potestad, o que hayan incumplido el deber legal en cuanto a responsabilidades alimentarias, incesto o contra la libertad, de acuerdo con lo establecido por el Código Penal y otras leyes especiales.






Este medio no se hace responsable ni partícipe de las opiniones vertidas por los usuarios de esta sección. Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Itapúa en Noticias se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes, discriminadores o contrarios a las leyes de la República del Paraguay

error: Content is protected !!