En publicaciones realizadas a través de IN, se cuestionaron varias actuaciones realizadas por el Juez Penal de Garantías de San Pedro del Paraná, Nelson Báez Araujo, con relación a las causas: Pablo Martínez Supuesto hecho de Homicidio Doloso, Pablo Martínez Supuesto hecho de Robo Agravado con resultado de muerte, en donde el magistrado otorgó medidas como el arresto domiciliario, siendo que la Ley 4431/11 lo prohíbe por tratarse de crímenes.
Ante estos cuestionamiento, Báez dijo que hay que tener en cuenta las garantías constitucionales como la presunción de inocencia de un procesado. Señaló que en este caso se debe considerar que el imputado está sujeto a la investigación y que la Ley prevé la revocatoria de la prisión preventiva a medida que surjan elementos que desvirtúen esta medida. Alegó que el Artículo 252 del Código Procesal Penal habla que la prisión preventiva en diferentes causas se debe de aplicar si son estrictamente necesarias.
Refirió que en este caso en particular (Lesión grave con resultado de muerte) el Ministerio Público no logró recolectar elementos que sostengan una acusación, no obstante; existe una acusación formal en el caso de Homicidio Doloso que está a punto de elevarse a juicio oral.
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“El proceso continúa, debido a planteamientos y elementos presentados por la defensa, el Ministerio Público dio el visto bueno y solicitó el sobreseimiento provisional. En este caso iba a ser desacertado mantener la prisión preventiva”, indicó entre palabras.
El problema se inicia cuando en reiteradas ocasiones las audiencias preliminares del acusado quedaron suspendidas por varias razones, como ser la incomparecencia de Martínez.
El día lunes, debió llevarse a cabo una vez más la audiencia pero el abogado defensor del imputado solicitó la postergación argumentando de que no pudo comunicarse con su defendido por las malas condiciones climáticas. En el momento en que personal de la Comisaría Séptima de San Pedro del Paraná fue hasta su domicilio se constató de que el mismo no encontraba, lo que constituye una violación a las medidas que se le otorgó.
Ante esta situación se dictó la rebeldía del acusado por la violación a la medida que se aplica conforme a derecho ya que todo procesado tiene pleno conocimiento de las condiciones que deben ser cumplidas para acceder a este beneficio.
Esta situación preocupa en caso de que el acusado Pablo Martínez se haya fugado y decidido no someterse más al proceso teniendo en cuenta que aparentemente el Ministerio Público tendría pruebas suficientes para solicitar la condena del mismo.
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