Durante la sesión plenaria de este 19 de octubre la máxima instancia judicial resolvió aprobar la suspensión de los plazos registrales, del 4 al 14 de octubre de 2021, con respecto a las escrituras públicas observadas, cuyo vencimiento de reingreso vencía dentro del mencionado periodo. Al mismo tiempo, la homologación y validación de las solicitudes de anotaciones personales ingresadas vía web que hayan abonado la tasa correspondiente a “certificado”. El pedido fue realizado por la titular de los Registros Públicos, Lourdes González.
La directora general de los Registros Públicos, Lourdes González de Muñoz, presentó un proyecto de acordada sobre la suspensión de plazos, específicamente de escrituras públicas que salieron observadas y que debían reingresar dentro del plazo de 30 días como lo señala la ley.
Durante la sesión explicó que el inconveniente se generó con la implementación del sistema informático de la institución a su cargo, los mencionados documentos no pudieron reingresar hasta el 14 de octubre, por lo que no pudieron inscribirse dentro del plazo de reserva de prioridad. En ese sentido, solicitó el resguardo de las competencias de esas escrituras públicas observadas y que se vean afectadas por medidas cautelares u otros derechos de los que sí ingresaron del 4 al 13 del mencionado mes.
Por otro lado mencionó sobre la validación de certificación de anotaciones personales que habiendo sido solicitadas en ese carácter por un error en el sistema fueron expedidas como informes, en ese sentido deben ser ratificadas ya que los notarios pagaron por los “certificados” y requieren que esos documentos tengan la validez jurídica.//PODER JUDICIAL
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