En un nuevo avance en la investigación sobre el colapso de un edificio en construcción que sacudió a la ciudad de Encarnación en 2024, el Ministerio Público ha ratificado formalmente las imputaciones contra cinco personas clave, incluyendo al Intendente Municipal Luis Yd Sánchez y al Director de Infraestructura Pública y Servicios, René Orlando Miglio. La causa, identificada como N° 2620/2025, investiga presuntos hechos punibles de actividades peligrosas en la construcción, exposición de personas a lugares de trabajo peligrosos y homicidio culposo, en relación con el derrumbe que resultó en la muerte de dos trabajadores y dejó un rastro de irregularidades en el proceso de edificación.
La ratificación de las imputaciones, presentada por un equipo de fiscales integrado por los agentes Francisco Javier Martínez Paiva, Rocio Carolina Valdez Florentín y Enrique David Fornerón Rodríguez, responde a un proveído judicial del 23 de febrero de 2026. Este documento, emitido por la Unidad Penal N° 10 del Área V del Ministerio Público, detalla un relato exhaustivo de violaciones normativas que, según los investigadores, contribuyeron directamente al trágico incidente.
El derrumbe ocurrió en un inmueble ubicado en la calle Capellán Molas, entre Avda. Japón y Lara Castro, en el barrio San Roque González de Santa Cruz, donde se construía un edificio originalmente aprobado para seis niveles, pero que fue ampliado ilegalmente a ocho pisos sin las debidas precauciones estructurales.
Antecedentes de la Construcción Irregular
Todo comenzó en mayo de 2023, cuando la propietaria del terreno, Ramona Teresa Bogado Benítez, junto con el arquitecto Roberto Faustino Ramírez Faría, presentaron una solicitud de permiso de edificación ante la Municipalidad de Encarnación. El proyecto inicial contemplaba una planta baja y cinco pisos superiores, con una superficie total de 1.584 metros cuadrados. Acompañaron la petición con una serie de documentos, incluyendo planos arquitectónicos, cómputos presupuestarios y constancias de pago de impuestos, abonando más de 31 millones de guaraníes por el impuesto a la construcción.
Sin embargo, según el acta de imputación, el permiso N° 120/2023 fue otorgado por el Intendente Luis Yd Sánchez y el Director René Orlando Miglio a pesar de múltiples incumplimientos a la Ordenanza Municipal N° 56/75, que regula la construcción y loteamiento en la ciudad. Entre las irregularidades destacadas se encuentran la ausencia de copias firmadas de planos estructurales por un ingeniero civil responsable, la falta de una memoria justificativa detallada de los elementos de la obra, certificados de servicios públicos como ANDE y CORPOSANA, y formularios estadísticos obligatorios. Además, los planos presentados adolecían de errores técnicos graves: por ejemplo, los detalles de las zapatas (bases de la estructura) no especificaron todas las medidas necesarias, ni incluían datos clave como la resistencia del hormigón (fck) y del acero (fyk).
A pesar de estas deficiencias, la construcción avanzó. Ramírez Faría, como arquitecto responsable, supervisó el inicio de las obras sin realizar un estudio de suelo previo, una omisión crítica que podría haber identificado riesgos de inestabilidad. Las fundaciones se cargaron con hormigón elaborado in situ, lo que reduce su calidad debido a controles inadecuados. Las dimensiones de pilares y vigas resultaron inferiores a las especificadas en los planos y por debajo de las normas vigentes, incapaces de soportar las cargas previstas. El acta fiscal subraya que Ramírez Faría, con su expertise profesional, era consciente de estos riesgos, pero prosiguió con el proyecto.
Ampliaciones Ilegales y Riesgos Acumulados
La situación se agravó cuando, tras completar los pisos aprobados, Bogado Benítez y Ramírez Faría decidieron ampliar la estructura sin autorización inicial. Contrataron una empresa para suministrar hormigón en etapas sucesivas: desde agosto de 2023 para las zapatas, hasta enero de 2024 para el quinto piso, todos con resistencias de H-20 o H-21 MPa. Sin embargo, sin solicitar un nuevo permiso, continuaron con un sexto piso en febrero de 2024 y un séptimo piso poco después, añadiendo cargas adicionales a una base no diseñada para ello.
Solo el 4 de marzo de 2024, quince días después de iniciar estas ampliaciones, presentaron una solicitud formal para extender el edificio a siete pisos. Nuevamente, acompañaron documentos como planos actualizados y pagaron un impuesto adicional de más de 14 millones de guaraníes. Pero incluso mientras esta petición estaba en trámite, procedieron a construir un octavo piso el 9 de marzo de 2024, agravando los riesgos estructurales.
El acta de imputación acusa a Yd y Miglio de negligencia al otorgar el permiso inicial sin verificar el cumplimiento de requisitos, y de no intervenir oportunamente ante las ampliaciones irregulares. A Roberto Montiel Cabral, otro imputado, se le vincula con aspectos operativos de la obra. Los fiscales argumentan que estas acciones configuran los delitos tipificados en los artículos 204 (actividades peligrosas en la construcción), 205 (exposición a lugares de trabajo peligrosos) y 107 (homicidio culposo) del Código Penal paraguayo, en concordancia con el artículo 29 sobre autoría.
El Derrumbe se cobró vidas
El colapso del edificio, resultó en la muerte de dos personas, una abuela y su nieta que se estaban refugiando de un temporal aquella noche. Fuentes judiciales indican que el derrumbe fue provocado por la sobrecarga estructural, fallas en las fundaciones y materiales subestándar, lo que expuso a todos a un peligro inminente.
Los imputados, todos paraguayos mayores de edad, incluye a Roberto Faustino Ramírez Faría (arquitecto), Roberto Montiel Cabral, Ramona Teresa Bogado Benítez (propietaria) René Orlando Miglio (Director de Obras) y Alfredo Luis Yd Sánchez (intendente de Encarnación).
El equipo fiscal, conformado por resolución de la Fiscalía General del Estado en agosto de 2025, enfatiza que hay «suficientes elementos de sospecha» para proceder. La Jueza Penal de Garantías N° 5 supervisará el proceso, que podría derivar en medidas cautelares como prisión preventiva o arraigo, dependiendo de los riesgos de obstrucción o fuga.


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