La Justicia Electoral aplicará nuevamente el domingo 10 de octubre, el Programa Voto Accesible, destinados a personas con discapacidad, para facilitar su derecho al voto. Para estos comicios solicitaron acogerse a este beneficio 5.454 personas.
Los electores que podrán acceder al Voto en Casa son personas con discapacidad física severa, disfuncionalidad motora severa o que por motivos graves de salud no pueden llegar a sus locales de votación.
Las condiciones detalladas anteriormente fueron avaladas por un médico acreditado por el Ministerio de Salud, para estas elecciones fueron aprobados para votar a través de este mecanismo un total de 386 electores a ser beneficiados.
El 10 de octubre, los integrantes de la Mesa Receptora de Votos llegarán hasta el domicilio de cada elector beneficiado. Los mismos llevarán todos los implementos necesarios para el ejercicio del sufragio; además de la máquina de votación.
En todos los locales de votación se habilitará una Mesa de Ayuda que estará en la entrada de cada recinto electoral, estarán integradas por tres voluntarios capacitados. En la mesa se dispondrá de un kit para el sufragio de las personas con discapacidad visual; un auricular, un acrílico con instructivo en braille, lupa para personas con baja visión, y afiches explicativos y la Máquina de Votación para practicar.
Es importante aclarar que cualquier elector puede solicitar capacitarse antes de ir a votar, como también podrán consultar sobre su mesa de votación y el orden en que se encuentra el elector.
El Voto en Mesa Accesible es el voto en la Mesa No. 1 de los locales de votación, estas serán instaladas en lugares de fácil acceso, destinadas a personas con discapacidad motriz, sensorial, físicas y adultos mayores con dificultad para el desplazamiento.
Los beneficiarios del servicio formarán parte del padrón electoral de la referida mesa, previa solicitud realizada en el plazo determinado por la institución electoral. Para estos comicios solicitaron acogerse a este beneficio 5454 personas.
El Voto Preferente, establecido en la Ley N° 834/1996, otorga preferencia a las embarazadas, personas adultas mayores de setenta y cinco años, personas con discapacidad y problemas de salud.
El día de los comicios se contará con el soporte de los voluntarios en las mesas de ayuda que informarán al elector sobre las disposiciones, número de mesa de votación y acompañará hasta la mesa respectiva al ciudadano para el cumplimiento del referido beneficio.
El Voto Asistido es un derecho que mediante el Código Electoral beneficia la asistencia al elector con discapacidad visual o de miembros superiores por parte de una persona de su confianza. Los miembros de la mesa receptora de votos deberán corroborar la buena fe entre el beneficiario y la persona elegida.
La Justicia Electoral aplicará estos mecanismos de accesibilidad electoral tomando en cuenta todos recaudos para el cumplimiento del protocolo sanitario a fin de evitar el riesgo de contagio de Covid-19.// IP
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