El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sustentable recordó al sector productivo del departamento de Itapúa que se encuentra vigente la ley 3.742 que establece entre otras cosas la franja verde de protección que las comunidades y escuelas deben tener con relación a los cultivos agrícolas que son fumigados con algún producto fitosanitario.
El encargado de la oficina del MADES en Itapúa, Ing. Juan Leiva, explicó entre los puntos más importantes que la ley exige a los productores contar con una franja verde de protección en el límite de sus fincas agrícolas que deben tener como mínimo 5 metros de ancho y en caso de escuelas y vecindarios 100 metros.
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También aclaró que en caso de los arroyos, la franja de protección debe de contar entre 20 y 100 metros de ancho. Cabe mencionar que si bien la ley no establece sobre las especies que deben ser cultivadas en las franjas, se recomienda que sean árboles nativos y de esta manera recuperar parte de los bosques deforestados.
Leiva mencionó que en el departamento de Itapúa, son las cooperativas que están insistiendo fuertemente en la aplicación de esta ley respetando las reglamentaciones ambientales.
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