La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó a los contribuyentes que en febrero de 2026 vence el plazo para la presentación del Registro Anual de Comprobantes correspondiente al ejercicio fiscal 2025, cuyo cierre está fijado al 31 de diciembre del presente año.

La obligación debe cumplirse exclusivamente a través del Sistema Marangatu, conforme al calendario de vencimientos de las declaraciones juradas informativas. El incumplimiento puede derivar en sanciones por contravención, de acuerdo con lo establecido en la normativa tributaria vigente.
El Registro Anual de Comprobantes consiste en la carga y validación de los comprobantes de compras, ventas, ingresos y egresos efectuados durante el ejercicio fiscal. Una vez completado el proceso, el contribuyente debe confirmar la presentación del registro en el sistema, acción que genera automáticamente el Formulario 241 – Talón de Presentación, documento que respalda el cumplimiento formal ante la DNIT.
La administración tributaria precisó que el Formulario 241 no se presenta en formato físico, ya que su emisión y registro se realizan únicamente de manera electrónica dentro de la plataforma Marangatu.
El Registro Anual de Comprobantes está vinculado exclusivamente a la obligación 715 del Impuesto a la Renta Personal – Rentas derivadas de la Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP).
Asimismo, la DNIT recordó que la confirmación del registro es obligatoria incluso cuando el contribuyente no haya tenido movimiento durante el ejercicio fiscal, debiendo en ese caso realizar la presentación correspondiente bajo la modalidad “sin movimiento”.
Finalmente, la institución exhortó a los contribuyentes a verificar con antelación la correcta carga de los comprobantes y a efectuar la confirmación dentro del plazo establecido, a fin de evitar inconvenientes o la aplicación de multas posteriores.

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