DECRETO ESTABLECE EXTENSIÓN DE MEDIDAS SANITARIAS HASTA EL 28 DE SEPTIEMBRE




A través de un nuevo decreto, el Poder Ejecutivo dispuso hasta el 28 de septiembre la vigencia de las medidas actuales para hacer frente al coronavirus en el país.

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó este lunes el Decreto N° 5.940 que extiende las medidas sanitarias en el marco de la pandemia por coronavirus. Las mismas estarán vigentes hasta el 28 de septiembre.

En ese sentido, el documento destaca que la circulación será desde las 05:00 hasta las 02:00 horas.

Igualmente se mantienen las excepciones para los sectores imprescindibles (24 horas); al igual que las medidas sanitarias para el sector gastronómico y los comercios.

Respecto a los funcionarios públicos, tendrán horario laboral de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.

En lo que hace al sistema educativo, las instituciones estarán sujetas al “Protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021”,  en lo referente a la autorización a docentes para asistir de manera presencial en todas las instituciones educativas en las que cumplen funciones; y a la ampliación de la cantidad máxima de integrantes de los grupos burbujas conforme al espacio físico del cual se disponga, debiendo garantizar en todos los casos el distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas, señala la disposición oficial.

En tanto que las instituciones de educación superior podrán impartir clases en la modalidad semipresencial, conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones).

Referente a los encuentros en residencias particulares, el Decreto vigente señala que están permitidos con un máximo de 25 personas presentes, incluyendo los convivientes, cumpliendo las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud Pública.

En esa misma línea, dispone que los eventos sociales en espacios públicos y privados será responsabilidad de una persona física o jurídica.

Por otro lado, están permitidos los espacios bailables y barras, en espacios al aire libre; los eventos infantiles se permitirán conforme al protocolo de Salud. En espacios cerrados, es hasta 200 personas, mientras que en los abiertos o al aire libre, hasta 350 personas.

La continuidad de todas las medidas expuestas anteriormente se dan con el objetivo de evitar la propagación del coronavirus en el territorio paraguayo, atendiendo a la mejorada situación epidemiológica que experimenta actualmente el país, con la disminución de casos, de fallecidos e internaciones.







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