El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la Tercera Circunscripción Judicial, declaró inoficioso el recurso de apelación en subsidio interpuesto por la abogada Francisca Beatriz Silvero, defensora de tres de los imputados en el caso conocido como el “carneo” del vehículo de Adriana Meza, tras una nueva suspensión de audiencia que fue cuestionada por el Ministerio Público y la querella.
La resolución se da tras una serie de maniobras procesales impulsadas por la defensa, entre ellas la presentación de un certificado médico por parte de la abogada Silvero, quien alegó padecer un cuadro de “síndrome bronquial agudo – EPOC”, motivo por el cual solicitó reposo médico y la postergación de la audiencia preliminar del caso.
Ante las sospechas sobre la veracidad del diagnóstico, el fiscal Luis Alberto Daniel Albertini, titular de la Unidad Penal N° 8, pidió al Juzgado de Garantías una verificación forense para confirmar el estado real de salud de la profesional. El objetivo era evaluar, mediante estudios médicos objetivos, si realmente se encontraba imposibilitada de asistir a las diligencias judiciales.
La jueza interina del Juzgado Penal de Garantías N° 2, María Melissa Carlson Mario, había hecho lugar a la solicitud fiscal, ordenando la intervención de un médico forense del Poder Judicial para verificar la situación en el domicilio de la abogada y remitir un informe en el plazo de cinco horas. Este proveído fue apelado por Silvero, quien argumentó que el certificado médico presentado era un documento público válido y visado por el Ministerio de Salud, cuya autenticidad no fue cuestionada formalmente por las partes.
Sin embargo, al analizar el caso, el Tribunal de Apelación consideró que el reposo indicado en el certificado —extendido el 18 de septiembre de 2025— ya se encontraba vencido al momento de dictarse la resolución, por lo que la verificación médica habría perdido oportunidad y sentido. En ese contexto, resolvió rechazar el estudio del recurso de apelación, remitiendo nuevamente el expediente al juzgado de origen para continuar el proceso.
Además, las costas de esta instancia fueron impuestas por su orden, conforme al artículo 261 del Código Procesal Penal.
El caso, que investiga el desmantelamiento de un vehículo dentro de un taller municipal de Encarnación, ha estado marcado por reiteradas suspensiones y planteamientos de la defensa, situación que ha generado preocupación entre los familiares de la víctima y críticas del abogado querellante, Georgio Benítez, quien ya había advertido sobre presuntas maniobras dilatorias para evitar el avance hacia el juicio oral.
Desde la Fiscalía, reiteraron la necesidad de avanzar con celeridad en este proceso, considerando la gravedad de los hechos denunciados y el posible involucramiento de funcionarios municipales en un esquema de desarme ilegal de vehículos bajo custodia judicial.
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