El presidente de la República, Horacio Cartes, dispuso un veto parcial del proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional relacionado a la pérdida de investidura de los legisladores argumentando que uno de sus artículos promueve la impunidad.
“Con un NO rotundo a la impunidad y un SI a la institucionalidad, he decidido vetar parcialmente el proyecto de ley que reglamenta la pérdida de la investidura”, manifestó el presidente Cartes a través de su cuenta oficial en Twitter.
El proyecto de ley, denominado por medios de prensa como de “autoblindaje”, planteaba que para retirar sus fueros a un legislador era necesaria una sentencia judicial previa.
Precisamente el artículo objetado por el Poder Ejecutivo es el 3º del proyecto que expresa que “para la determinación de la existencia de un hecho punible, se respetarán las normas penales vigentes”.
A criterio del Ejecutivo, dcho artículo contraviene la Constitución Nacional en los artítulos 3º, 46º y 47º.
“La parte que se objeta pretende subordinar y condicionar el procedimiento legislativo para la pérdida de investidura a una decisión judicial previa, lo cual puede provocar la suspensión incierta e indefinida de dicho proceso, que favorecerá la impunidad del afectado”, se argumenta en el decreto de veto.
Lo dispuesto en ese artículo vetado supedita todo el proceso en cuestión a las resultas de una sentencia judicial, lo cual nos parece completamente inapropiado al posibilitar manifiestamente la impunidad, añade.
“Las disposiciones ambiguas, inciertas, incompletas o defectuosas, como la parte objetada en este decreto son las que fomentan la inestabilidad y fragilidad de las instituciones, ocasionando además un descreimiento de los ciudadanos hacia sus autoridades y el régimen democrático”, concluye el decreto.//IP
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