CONDENA DE 12 AÑOS POR ACOSAR Y AMENAZAR POR MENSAJES Y LLAMADAS A SU EXPAREJA

La agente fiscal María Eusebia Segovia Cabrera, titular de la Unidad Especializada de Lucha contra la Violencia Familiar y de Género n.° 4, con sede en Asunción, obtuvo una condena de 10 años de pena privativa de libertad y 2 años de medidas de seguridad contra un hombre hallado culpable por la comisión del hecho punible de violencia familiar, en su modalidad agravada de violencia psicológica ejercida a través de medios telemáticos (violencia digital). Se trata de la pena más alta impuesta en la República del Paraguay por este tipo de hechos.

Durante el juicio oral y público, el Ministerio Público produjo pruebas testimoniales, documentales, periciales y evidencia digital que permitieron acreditar que el condenado sometió a la víctima a amenazas de feminicidio, intimidaciones y hostigamientos mediante llamadas telefónicas, mensajes, audios y videos enviados durante un período de un año y diez meses, mientras se encontraba recluido en distintos establecimientos penitenciarios del país.

Asimismo, se demostró que el condenado registraba antecedentes por hechos de violencia contra la misma víctima, quien es su expareja y madre de sus tres hijos menores de edad. En el año 2023 fue condenado a tres años de pena privativa de libertad por hechos similares y, además, contaba con una condena anterior por violencia familiar dictada en el año 2018.

El Tribunal de Sentencia, integrado por la jueza Olga Ruíz, en carácter de presidenta, y los jueces Mario García y Celia Salinas, como miembros, valoró de manera conjunta la totalidad de las pruebas incorporadas al juicio, con especial énfasis en la evidencia digital, los informes técnicos, las declaraciones testificales y la prueba documental.

Entre los elementos probatorios adquirió especial relevancia el informe psicológico practicado al acusado, para cuya elaboración se aplicó el instrumento de evaluación de riesgo SARA (Spousal Assault Risk Assessment), solicitado por el Ministerio Público como auxilio judicial. Esta herramienta, utilizada para valorar el riesgo de violencia contra la pareja, arrojó un nivel de riesgo moderado.

En consecuencia, el Tribunal resolvió, por unanimidad, hacer lugar íntegramente a la pretensión punitiva del Ministerio Público y condenó al acusado a 10 años de pena privativa de libertad, además de imponerle 2 años de medidas de seguridad.

Con este resultado, el Ministerio Público reafirma su compromiso con la protección integral de las víctimas y con el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado paraguayo en el marco de las Convenciones CEDAW y de Belém do Pará, orientadas a prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.










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