El procedimiento se llevó a cabo el día de ayer en el interior de una vivienda ubicada en el Barrio Arroyo Porá del distrito de Cambyretá.
Agentes policiales de la Comisaría 115°acudieron al lugar tras una llamada telefónica realizada por parte de la pareja del aprehendido identificada como Liliana Concepción Caballero Benítez de 43 años, quien manifestó que su concubino Pastor Espínola Espínola se encontraba en estado etílico y comenzó a agredir física y verbalmente.
Con ayuda de los vecinos la mujer logró salir del lugar, posterior con el permiso de la propietaria de la vivienda los intervinientes ingresaron al predio y tras un forcejeo lograron reducir al sindicado quien fue aprehendido y trasladado hasta la sede de esa dependencia para el procedimiento de rigor.
ANTECEDENTES:
El sujeto aprehendido, había sido condenado por un Tribunal de Sentencia a 15 años de prisión, luego de que quemó la casa de su vecino y el propietario murió calcinado dentro en Paraguarí.
El Tribunal encontró culpable al acusado, Pastor Espinola Espínola, nacido en La Colmena, quien por motivos de trabajo vivía en la compañía Arroyo Poră de Paraguarí, lugar en donde un 29 de noviembre del 2010 se realizó el hecho por el cual fue hallado culpable.
El Tribunal estuvo integrado por los jueces Hugo Ríos Alcaraz (presidente), Jorge Daniel Giménez Samaniego y Gerardo Ruiz Díaz, quienes analizaron las declaraciones de los testigos, para aplicar la condena al imputado por homicidio doloso.
Acorde a lo manifestado por el testigo Ricardo Blanco, fue él quien comunicó la mañana del 30 de noviembre a Pastor Espínola sobre la muerte de Jorge. El condenado supuestamente le manifestó «Vyroreiko péa. Chéko ajuka chupe» (Es una tontería. Yo le maté).
Sobre esa base, los familiares de la víctima presentaron la denuncia y acusación en la comisaría jurisdiccional. Durante todo el desarrollo del proceso, Espínola Espínola nunca declaró más que a la Policía, donde se responsabilizó del hecho.
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