La Cámara Baja derivó al Ejecutivo la ley que racionaliza el gasto público, mediante topeos salariales, limitación de asesores, prohibición de contratar parientes, entre otras cosas. Funcionarios de las binacionales no están incluidos en el proyecto.
La versión sancionada estipula que ningún funcionario público, a excepción de los que tienen misión en el extranjero, podrá percibir una remuneración superior a la del presidente de la República, es decir, 37 millones de guaraníes.
Esto incluye no solo el sueldo neto, sino la sumatoria de remuneraciones adicionales o extraordinarias, bonificaciones y otros tipos de ingreso. El argumento de excluir a las binacionales radica en la prelación de leyes y que estas entidades se rigen por tratados internacionales.
Otro aspecto aprobado es la limitación para la contratación de asesores que será hasta tres y mantendrán vínculo con el estado mientras la autoridad que los contrató permanezca en el cargo. Posteriormente se marcharán sin derecho a indemnización.
Se prohíbe también la contratación de parientes dentro del cuarto grado de consanguineidad y segundo de afinidad, tanto de la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), como de los miembros de sus órganos colegiados.
Se eliminan también las remuneraciones adicionales en concepto de cumplimiento del deber de asistencia al lugar de trabajo, que se conoce como presentismo.
Por otro lado, no se podrá realizar el traslado definitivo ni el comisionamiento de funcionarios de un organismo o entidad a otra distinta, cuando no concuerde la naturaleza y necesidades de la institución de destino con el perfil profesional del funcionario.
La ley sancionada fue derivada al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto, según considere el presidente. Fuente: EXTRA
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