La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) reabrió desde hoy de 09:00 a 13:00 su atención para el cobro de facturas, presentación de solicitudes de servicio, reclamos comerciales y fraccionamiento de deudas. Las sedes habilitadas son Central, Ciudad del Este, Coronel Oviedo, Encarnación y Pedro Juan Caballero.
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Los clientes que se lleguen a las sedes deben aplicar desde la fecha las medidas sanitarias para evitar la expansión del Covid-19 como el lavado obligatorio de manos, la toma de temperatura, el uso de tapabocas y el distanciamiento físico, entre otros. Los pagos pueden ser realizados sin la presentación de facturas, sólo con el número de NIS.
En el caso de fraccionamiento, la solicitud podrá ser realizada por el Titular del Contrato o persona autorizada por el mismo. En caso que el Titular de Contrato sea una Persona Jurídica, la solicitud deberá ser realizada o autorizada por el apoderado de la empresa.
En ambos casos, al momento del realizar el fraccionamiento, se deberá presentar la copia simple de la Cédula de Identidad del Titular/Apoderado; y en caso de autorizaciones agregar la copia simple de la Cédula de Identidad de la persona autorizada y la autorización correspondiente (Autorización para Fraccionamiento de Deuda de Energía Eléctrica) que puede ser descargada en el siguiente enlace.
Asimismo, se recuerda lo establecido en el Decreto N° 3506, que reglamenta la Ley N° 6524/2020:
Los usuarios conectados en Baja Tensión y las Mipymes independientemente del nivel de tensión y debidamente certificadas por el MIC, podrán diferir el pago de sus facturas emitidas en los meses de marzo, abril, mayo y junio al mes de julio de 2020 y podrán ser fraccionadas en hasta 18 cuotas sin recargos ni intereses.
Para todos aquellos usuarios que realicen pagos de facturas vencidas durante los meses de marzo, abril, mayo y junio, serán beneficiados con la exoneración del recargo por mora de las facturas abonadas.
Atendiendo a estas disposiciones, se aclara que para usuarios conectados en Baja Tensión y las Mipymes independientemente del nivel de tensión y debidamente certificadas por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), que posean facturas pendientes de pago anteriores al mes de marzo de 2020, podrán:
Realizar el pago de las facturas vencidas, con la exoneración de los recargos por mora de las facturas abonadas.
Fraccionar en cuotas, con exoneración de los recargos por mora, previo pago de una entrega inicial no inferior al 25% y el saldo en hasta 18 cuotas con intereses, a una tasa del 1,5% mensual.
Las facturas emitidas desde el mes de marzo hasta el mes de junio, podrán ser diferidas al mes de julio de 2020 y serán fraccionadas en 18 cuotas sin recargos ni intereses.
Asimismo, para los demás usuarios conectados en Media Tensión, a excepción del Grupo de Consumo Gubernamental, y que posean facturas pendientes de pago de cualquier mes, podrán:
Realizar el pago de las facturas vencidas, con la exoneración de los recargos por mora de las facturas abonadas.
Fraccionar en cuotas, con exoneración de los recargos por mora, previo pago de una entrega inicial no inferior al 25%, y el saldo en hasta 18 cuotas con intereses, a una tasa del 1,5% mensual.
Estas disposiciones tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2020, sin perjuicio de otras medidas que se puedan analizar, autorizar y adoptar posteriormente, las cuales serán comunicadas a través de los medios corporativos oficiales.
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