HOY SE PUEDE RETIRAR DEL BNF EL SUBSIDIO DEL IPS




El presidente de la previsional, Andrés Gubetich, informó que en esta primera jornada de pago, 18.000 personas estarían recibiendo la ayuda económica y de forma gradual, unos 45.000 trabajadores afectados por la cuarentena ante la emergencia sanitaria irán recibiendo su platita.

El subsidio es del 50% de un salario mínimo (G. 1.096.419) y van a estar recibiendo los trabajadores formales con contrato suspendido desde el 9 de marzo. Deben cotizar en el IPS y estar percibiendo hasta dos salarios mínimos.

¿Cómo retirar el dinero?
Los beneficiarios podrán retirar del BNF con una copia de C.I. y su cédula a través de la ventanilla de cualquier sucursal del banco. Aquellos quienes tengan su tarjeta pueden retirar del cajero automático.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiada/o?
La notificación va a llegar vía mensaje de texto a los trabajadores con contrato suspendido. También hoy van a publicar en la página del IPS la lista de beneficiados.

¿Los trabajadores suspendidos están en la lista de los que van a cobrar?
La gente que fue despedida en este periodo no va a retirar este subsidio, porque está dirigida solo para los que están con contrato suspendido.

¿Si suspensión es por más de un mes, me van a pagar este subsidio más de una vez?
“Si hay necesidad vamos a plantear al ejecutivo un segundo pago y si se puede un tercer pago”, indicó Gubetich.

¿Qué pasa con los que cobran más de 2 salarios mínimos?
Se van a quedar sin este beneficio. Si hay necesidad se podría modificar el decreto, dijo el presidente de la previsional.

¿Es necesario que la empresa esté al día con la previsional?
Se va a tener cobertura a aquellos que hayan pagado a la patronal hasta enero.

Lo que dice el decreto
El decreto N° 3546, firmado ayer por el Presidente de la República, que establece la transferencia del Ministerio de Hacienda a IPS para el pago de subsidios. En el primer punto habla de que el dinero será destinado al pago de subsidio por reposos por COVID-19. La compensación también es para los afectados por la suspensión de sus actividades a causa de la pandemia.

Están excluidos los trabajadores de Empresas Públicas del Estado, entes descentralizados del Estado y empresas mixtas. El IPS dará prioridad a asalariados de Mipymes. El empleador debe comunicar al Ministerio de Trabajo de la suspensión para que el empleado sea beneficiado.//EXTRA








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