SON 66 LOS BALNEARIOS A NIVEL PAÍS QUE CUENTAN CON LICENCIA AMBIENTAL

De acuerdo al listado difundido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), son 66 los lugares de esparcimiento, entre playas y balnearios que cuentan con licencia ambiental.

El Mades a través de su Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (Dgccrn), pone a disposición de la ciudadanía la lista de establecimientos veraniegos que cuentan con su correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), documento que deben tener en cuenta los municipios en el momento de habilitar dichos locales.

La directora de Evaluación de Impacto Ambiental, Carolina Pedrozo, informó que son 34 establecimientos, cuya documentación fue tramitada en formato papel (carpeta física) y un total de 32 fueron tramitados mediante el Sistema de Información Ambiental (SIAM).

Ante el inicio de la temporada de altas temperaturas, que alienta a la ciudadanía a visitar los diferentes atractivos de recreación, principalmente playas y balnearios, el Ministerio del Ambiente insta a los propietarios y en especial a las autoridades municipales, en cuya competencia recae su habilitación, a tener en cuenta los requisitos para habilitar los referidos lugares de esparcimiento.

Para ser habilitados, las playas y balnearios deberán cumplir con lo siguiente: poseer Declaración de Impacto Ambiental, expedida por el Ministerio del Ambiente, figurar en los registros de usuarios del agua, establecidos en la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Naturales.

Asimismo deben contar el análisis de calidad de agua, así como con los mecanismos de seguridad y accesibilidad. Igualmente deben disponer de instalaciones y mecanismos de gestión de residuos, contar con los servicios sanitarios correspondientes y ofrecer educación e información ambiental.

Los propietarios de playas y balnearios también deberán señalizar adecuadamente los diferentes espacios, prever primeros auxilios para los visitantes, además de agua potable, controlar la presencia de animales en el establecimiento y evitar la polución sonora.

Por otro lado, Ministerio del Ambiente mencionó además que, la tasa única anual a ser abonada en las municipalidades, para la habilitación de balnearios consiste en 15 jornales, punto establecido en la Resolución Nº 553/03.// IP


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