En publicaciones realizadas durante el año 2018 a través de IN, se cuestionaron varias actuaciones realizadas por el Juez Penal de Garantías de San Pedro del Paraná, Nelson Báez Araujo, con relación a las causas: Pablo Martínez Supuesto hecho de Homicidio Doloso, Pablo Martínez Supuesto hecho de Robo Agravado con resultado de muerte, en donde el magistrado otorgó medidas como el arresto domiciliario, siendo que la Ley 4431/11 lo prohíbe por tratarse de crímenes.
Hoy, a meses de aquella cuestionada decisión, el presunto criminal se mantiene prófugo ya que jamás se presentó a sus respectivas audiencias y se desconoce su paradero.
El problema se inició cuando en reiteradas ocasiones las audiencias preliminares del acusado quedaron suspendidas por diversas razones, como ser la incomparecencia de Martínez, actuar que se fue reiterando hasta que se declaró la rebeldía del mismo.
En septiembre de 2018, cuando debía llevarse a cabo la audiencia de Martínez, su abogado defensor había solicitado la postergación argumentando que no pudo comunicarse con su defendido por las malas condiciones climáticas. En el momento en que personal de la Comisaría Séptima de San Pedro del Paraná fue hasta su domicilio se constató de que el mismo no se encontraba, lo que constituye una violación a las medidas que se le otorgó.
Ante esta situación se dictó la rebeldía del acusado por la violación a la medida que se aplica conforme a derecho ya que todo procesado tiene pleno conocimiento de las condiciones que deben ser cumplidas para acceder a este beneficio.
Desde aquel entonces, Martínez se encuentra prófugo y queda evidenciado que el mismo ha decidido no someterse al proceso teniendo en cuenta que aparentemente el Ministerio Público tendría pruebas suficientes para solicitar la condena del mismo. Se presume que el mismo ya no se encuentra en territorio nacional y que haya huido hacia la República Argentina.
Esta presunta irregularidad llevó inclusive a la Agente Fiscal Abog. Zuma Britos de acudir a la Tercera Circunscripción Judicial para que se solicite a Báez pormenorizado y exhaustivo informe de las decisiones implementadas de la prisión domiciliaria como medida alternativa a la prisión preventiva en diferentes causas.
Según consideraba Britos en aquel entonces, se utilizaba en forma indebida y sistemática la prisión domiciliaria como medida alternativa a la prisión preventiva, ya que se aplica en forma indiferente a crimen o delito lo que genera una preocupación a su representación fiscal puesto que no busca ser cómplice por omisión.
Para detectar tales irregularidades señaló que sólo basta una auditoría de gestión y citó algunas causas donde han sido otorgados: Pablo Martínez Supuesto hecho de Homicidio Doloso, Pablo Martínez Supuesto hecho de Robo Agravado con resultado de muerte, Miguel Ángel Morín Supuesto hecho de Robo Agravado, Edelio Rubén Solís Meza Supuesto hecho de Abuso sexual en Niños en San Pedro del Paraná (docente involucrado en cinco causas en perjuicio de sus alumnos).
Britos siguió denunciando que muchos de los casos tramitados en aquella competencia se encuentran en rebeldía y que una vez concedida la medida ya no retornan a su prisión domiciliaria.
Tales irregularidades ya habían salido a la luz a través de una investigación realizada por un equipo periodístico de IN que pudo acceder a documentos que podrían comprometer seriamente la labor del magistrado.
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