SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO: OBJECIÓN O MULTA DE G. 1.300.000

A fines del 2018 saldría el nuevo reglamento Servicio Militar Obligatorio (SMO) y las formas de control de la objeción de conciencia. Las personas que no cumplan con estos requisitos pagarán una multa por 8 años.

Nuestra Constitución Nacional en el Articulo 129, refiere que todo paraguayo tiene la obligación de prepararse para la defensa armada de la Patria, por lo que se creó la figura del Servicio Militar Obligatorio (SMO), pero asimismo, en el Articulo 37, reconoce la objeción de conciencia por razones éticas o religiosas para los casos en que esta Constitución y la ley la admitan.

Por lo tanto quienes declaren su objeción de conciencia prestarán servicio en beneficio de la población civil, a través de centros asistenciales designados por ley y bajo jurisdicción civil. Desde el Ministerio de Defensa, se realizan nuevos estudios para en la implementación de SMO, así como para que en verdad sea efectiva la figura del objetor de conciencia.

El ministro Bernardino Soto Estigarribia, refiere que las personas que no cumplan con el SMO, al menos deben realizar su objeción de conciencia en instituciones que estén al servicio de la ciudadanía y de no cumplirse con esa condición, deberá pagar una multa aproximadamente de G. 162.504 por 8 años, totalizando G. 1.300.000.

El nuevo proyecto estará disponible antes de que culmine el 2018, pero antes se deben ajustar detalles para un mejor control, así como el monto de la sanción.// PARAGUAY.COM


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